Jueves, 8 de octubre de 2026BOE núm. 250 · 208 publicaciones · 51 explicadas · días anteriores
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Se regula el Banco Estatal de ADN para identificar víctimas de la Guerra y la Dictadura

Este real decreto regula cómo funcionará el Banco Estatal de ADN, una base de datos única para identificar a las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura y a los recién nacidos sustraídos. Afecta a familias de desaparecidos, laboratorios y administraciones. La aportación de muestras es voluntaria y gratuita.

Qué tienes que hacer

Quien busque a un familiar desaparecido o a un recién nacido sustraído puede aportar muestras a través de un laboratorio acreditado, acreditando su condición de víctima (en sustracción de recién nacidos, con denuncia admitida a trámite) y firmando el consentimiento.

Puntos clave

  1. El Banco Estatal de ADN lo gestiona el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF).
  2. Solo guarda perfiles genéticos con código; nombres, direcciones y teléfonos quedan en cada laboratorio.
  3. Solo laboratorios acreditados por la Comisión Nacional para el Uso Forense del ADN pueden aportar perfiles.
  4. Aportar muestras es voluntario y gratuito, con consentimiento firmado; hay que acreditar la condición de víctima.
  5. Los datos solo se pueden ceder a autoridades judiciales y fiscales en procesos judiciales.

Entrada en vigor

El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
AvisoResumen hecho con IA. No es asesoramiento jurídico; el único texto válido es el del BOE.